PREPARACIÓN PARA CONCURSOS DE MÉRITOS

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sábado, 28 de diciembre de 2019

Ascensos en carrera administrativa


Los empleados públicos de carrera administrativa general de entidades nacionales y descentralizadas del poder ejecutivo en Colombia, desde la promulgación de la Ley 909 de 2004, han estado amparados por el régimen de carrera que ofrece mayor estabilidad laboral. No obstante, la Ley no proporcionó mecanismos efectivos de movilidad laboral materializándose así, una carrera truncada para la gran mayoría de los empleados de carrera quienes veían perdidas sus esperanzas de ascenso entre los diferentes niveles jerárquicos e incluso entre grados, ante las voluntades de jefes de personal, representantes legales y coadministradores de evitar nuevos concursos de méritos.

A diferencia de otros funcionarios del Estado, quienes pueden ascender con ciertas facilidades, los de carrera administrativa general veían cómo se frenaban sus aspiraciones al imposibilitarse un ascenso, es así como muchos empleados de carrera hoy han logrado altos niveles de cualificación y continúan laborando en los niveles más bajos de la administración sin que les sean reconocidos sus esfuerzos que durante años han realizado por mejorar sus desempeños y sus calidades profesionales.

Para la tranquilidad de todos los empleados de carrera, la Ley 1960 del 27 de junio de 2019 modificó la Ley 909 de 2004, en su artículo 29, añadiendo un mecanismo de ascenso y posibilitando la movilidad laboral de quienes ejercen sus funciones bajo el régimen de carrera tanto de la misma entidad como de otras entidades que ejerzan funciones similares o relacionadas.

El nuevo procedimiento de ascenso que entró en vigencia a partir del pasado 27 de junio, paso a describirlo a continuación. Para todos los casos, el concurso sigue siendo abierto de ingreso, pero si entre los inscritos existen empleados de carrera de la misma entidad que somete las vacantes a concurso o de otra entidad del sector administrativo, con el mismo cuadro funcional de cualquier nivel jerárquico, que cumplan con los requisitos mínimos para el desempeño del empleo y que al menos sean igual al número de cargos a proveer, se considerará concurso de ascenso para éstos quienes podrán ocupar en exclusiva el 30% de las vacantes ofrecidas. El 70% de las vacantes restantes se proveerán a través de concurso abierto de ingreso que generará lista de elegibles en orden de mérito constituidas por todos los aspirantes que superaron la prueba eliminatoria sin distingo alguno.

En caso que no se cumpla con la cantidad mínima de empleados de carrera inscritos y habilitados para concurso de ascenso, éste se declarará desierto y la provisión de la totalidad de los cargos se hará mediante concurso de ingreso abierto. Los empleados de carrera inscritos en el concurso desierto, no perderán su derecho de participación y continuarán en la convocatoria sin requerir una nueva inscripción.

Al día de hoy, 28 de diciembre de 2019, la Comisión Nacional del Servicio Civil debió establecer el procedimiento para que las entidades reporten la OPEC de acuerdo al nuevo mecanismo. ASOMÉRITOS elevará petición al respecto para conocer en detalle el procedimiento que deben seguir las entidades para el reporte de la OPEC y materilizar la movilidad laboral que beneficiará a todos los empleados de carrera administrativa.

El texto de la nueva Ley, puede obtenerlo a través del siguiente enlace:
https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma_pdf.php?i=95430


Por Ray Pla
Presidente Nacional Sindicato ASOMÉRITOS
Sindicato de Empleados de Carrera

domingo, 10 de marzo de 2019

Seminario de Actualización Empleo Público y Carrera Administrativa



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El pasado viernes 1 de marzo de 2019, ASOMÉRITOS realizó el primer Seminario de Actualización Empleo Público y Carrera Administrativa en la ciudad de Bogotá (#EncuentrodeMeritocracia #VivaElMerito #Bogotá) con la intervención especial del comisionado CNSC Dr. Fridole Ballén Duque quien socializó la convocatoria Distrito Capital - CNSC.

Igualmente, realizaron sus aportes los directivos de ASOMÉRITOS, el Presidente Nacional Ray Pla y el Vicepresidente Nacional Jorge Buitrago, quienes compartieron criterios de elección de empleos frente al proceso de selección y las posibilidades de fortalecimiento de la carrera administrativa ante favorable fallo de Acción Popular contra la Alcaldía de Bogotá, respectivamente. Ambos, informaron de las gestiones que adelantan en ASOMÉRITOS para contribuir con el fortalecimiento de la Meritocracia en Colombia.

Con respecto al proceso de selección Distrito Capital - CNSC, el comisionado Ballén, durante poco más de 2 horas, informó que la convocatoria ofrece 1.744 cargos vacantes en 20 entidades diferentes en la que se destacan la Secretaría Distrital de Integración Social SDIS y la Secretaría General de la Alcaldía de Bogotá D.C., las cuales ofertaron 488 y 465 vacantes, respectivamente, correspondiendo al 55% de la oferta de cargos vacantes. Así mismo, destacó que en el 45% de la oferta se requieren profesionales.

Ballén reiteró el compromiso de la CNSC en la mejora de los procesos de selección en favor de los aspirantes compartiendo una serie de certificaciones modelo de formación y experiencia para su debida presentación. Las certificaciones modelo se pueden consultar en: https://www.cnsc.gov.co/index.php/criterios-y-doctrina/doctrina 

Como conclusiones del Encuentro, ASOMÉRITOS destaca:

  • La institucionalidad cada día más respeta el Mérito y por ello, la CNSC hoy realiza convocatorias frecuentemente proyectadas a un año.
  • Los sindicatos tradicionales han ido evolucionando en su actuar, algunos hoy impulsan el Mérito.
  • Bogotá es la ciudad que más ha vinculado empleados de carrera administrativa.
  • El Consejo de Estado está cambiando sus criterios de suspensión de los concursos superando el formalismo.
  • La administración de la carrera administrativa y del personal público es un asunto de administración pública y no de política.
  • Aún hay sectores políticos, judiciales y sindicales que se oponen al mérito y la carrera administrativa.
  • La meritocracia debe aplicarse a todas las entidades donde el Estado tiene participación accionaria para vincular trabajadores oficiales, contratistas y empleados del nivel asesor y directivo.
  • La carrera administrativa en Colombia debe permitir el ingreso a una persona desde el nivel Asistencial hasta el Directivo.


Las memorias las puede descargar a través de los siguientes enlaces:
Material CNSCMaterial ASOMÉRITOS




viernes, 7 de septiembre de 2018

Concursos de méritos, ¿más de lo mismo?

Imagen: Portafolio

La meritocracia en Colombia se ha ido imponiendo a paso de tortuga, pero con mayor contundencia desde la creación de la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC), entidad cuya misión ha generado mucho malestar y por ello, ha debido sortear todo tipo de escollos tanto naturales como antinaturales.

Hablo de dificultades naturales para referirme a la poca agilidad operativa con que la CNSC se estrenó como ente constitucional garante del mérito y muy seguramente continúa igual debido a su reducido presupuesto. Fue así como la Comisión en el 2005 abrió su primer proceso de selección para proveer más de 62.000 empleos vacantes de carrera administrativa de entidades del orden nacional y territorial, la bien conocida Convocatoria 001. La cifra de vacantes ofertadas suponía un reto administrativo, así como la atención a más de 600.000 aspirantes, asunto que terminó por desbordar sus capacidades operacionales.

Sin embargo, la limitante expuesta no fue comparable con aquellas que califico de antinaturales, adjetivo que utilizo para categorizar aquella serie de obstáculos creados para hacerle el quite a la meritocracia. 

En particular, enemigos del Mérito lograron extender el proceso de selección en mención por más de 6 años con argucias como el Proyecto de Ley 54 de 2010 Senado, 170 de 2010 Cámara, por la cual se intentó implementar el Retén Social para garantizar la estabilidad laboral a servidores públicos nombrados en provisionalidad. Tal proyecto no llegó a ser Ley de la República debido a las objeciones hechas por el Presidente Juan Manuel Santos, inicialmente, y finalmente, por la declaratoria de inexequibilidad en fallo de la Corte Constitucional a través de la Sentencia C-729/15. Los autores de este tropiezo para el Mérito fueron los congresistas de la época Luis Carlos Avellaneda (Polo), Dilian Francisca Toro (Partido de la U) y Bérner León Zambrano (Partido de la U), como se evidencia en registro realizado por Congreso Visible

En este intento de lesionar el Mérito también participó la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), que defendió el Proyecto de Ley en mención y solicitó apoyar una propuesta legislativa que modificó la Constitución y logró volver a frenar el avance de la Convocatoria 001 de 2005. Ver comunicado.

La propuesta que modificó la Constitución y apoyó la CUT fue el Acto Legislativo 004 del 7 de julio de 2011 que adicionó un artículo transitorio que establecía vincular a la Convocatoria 001 quienes ocupaban cargos en provisionalidad y sin necesidad de realizar prueba eliminatoria alguna, obligaba a la CNSC incluirlos en las respectivas listas de elegibles después de efectuar procedimientos de valoración de antecedentes establecidos en el mismo Acto Legislativo, que por supuesto, diferían de los reglamentados en la convocatoria y otorgaba valoraciones ventajosas violando los principios de igualdad y mérito; así por ejemplo, se otorgarían 70 puntos a quien demostrara 5 o más años de servicio.

Algunos de los ponentes de este adefesio contra el Mérito fueron los ex-congresistas Humphrey Roa Sarmiento (Conservador), Carlos Bonilla Soto (Liberal), Hernán Andrade Serrano (Conservador), Berner León Zambrano Erazo (Partido de la U) y Luis Carlos Avellaneda (Polo). El autor fue el congresista de entonces Javier Cáceres Leal (Cambio Radical) de acuerdo a reporte de Congreso Visible.

Contra este Acto Legislativo llovieron demandas de inconstitucionalidad que fueron resueltas por la Corte acumulándolas en las Sentencias C-243/12, C-249/12 y C-305/12. Éstas registran las intervenciones de dos (2) organizaciones sindicales tradicionales (CUT y SINALTRAESES) quienes solicitaron declarar exequible la norma demandada oponiéndose al MéritoFinalmente, el Acto Legislativo 004 de 2011 fue declarado inexequible en su totalidad a través de la Sentencia C-249/12.

Hoy, parece que seguirá habiendo más de lo mismo, obstáculos a la meritocracia para evitar una "masacre laboral" como le llaman a los concursos de méritos los dirigentes sindicales tradicionales, cuando en realidad es una deuda que tienen los gobiernos nacional, locales y jefes de entidades con la sociedad colombiana. Por ejemplo, las entidades del orden territorial que desde la apertura de la Convocatoria 001 en el 2005, alcaldes y gobernadores han obviado la realización de concursos para proveer empleos de carrera administrativa y hoy que la CNSC ha abierto nuevos concursos, los enemigos del Mérito aparecen para detener el avance de los mismos e impedir nombramientos de ciudadanos que se someten a éstos en franca lid.

Ha sido el caso de las convocatorias 326 DANE, 430 Superintendencias, que estuvieron suspendidas, y recientemente suspendidas las convocatorias 427 SED Bogotá, 428 Entidades del Orden Nacional, 429 Antioquia, 433 ICBF, 435 CAR/ANLA; posiblemente serían suspendidas 434 Educación, Cultura y Deporte y 437 Valle del Cauca. ¿Qué seguirá? Esto es más de lo mismo, sin lugar a dudas; enemigos de la meritocracia buscando echar atrás los concursos.

Entre estos enemigos de la meritocracia consideramos se encuentra la CUT quien en lugar de facilitar la ejecución de los actuales concursos, busca oponerse a los mismos. En la imagen siguiente se aprecia un oficio dirigido a la Ministra del Trabajo donde se refieren al ingreso de nuevos inspectores a razón del concurso como "despido ilegitimo".


La CUT contra el Mérito

Ahora, quienes defendemos el Mérito y nos ajustamos al diseño constitucional ¿qué debemos hacer?, ¿deberíamos seguir observando cómo son sorteados los cargos públicos?,  ¿esperar a que se desvanezca la Meritocracia en Colombia?

Quienes están en contra, sí están organizados y actuando en favor de sus intereses como se evidencia en el módulo de consulta de actuaciones procesales ante el Consejo de Estado contra la CNSC, procesos instaurados el 12 y 13 de febrero del año en curso.


Actuaciones contra el Mérito

No permitamos que siga sucediendo más de lo mismo, organicémonos como #AmigosdelMérito y hagamos la diferencia. Síguenos en Twitter, Facebook y únete a nuestro propósito, defender el Mérito!




Ray Plá
Presidente Nacional
ASOMÉRITOS
@raypla

domingo, 1 de octubre de 2017

ASOMÉRITOS busca frenar excesiva contratación por OPS en el Distrito de Bogotá


La Asociación colombiana de defensores del Mérito para provisión de cargos del Estado, ASOMÉRITOS, filial CTU (Central del Trabajo USCTRAB), busca frenar la excesiva contratación por Orden de Prestación de Servicios a través de su Vicepresidente Nacional, el Dr. Jorge Enrique Buitrago, quien interpuso una acción popular contra el Distrito de Bogotá admitida el pasado mes de julio.

La acción popular busca aminorar dicha contratación a sus mínimas proporciones con respecto a la planta de cargos de carrera administrativa de las Entidades del Distrito Capital. Es así como se estima, con datos aproximados, que en el Distrito por cada empleado de carrera administrativa hay cinco (5) contratistas. 

"Este tipo de contratación se ha convertido en una forma de explotación laboral y política. Con la acción popular solicitamos formalizar a los contratistas que llevan más de tres (3) años vinculados a través de esta figura y que se reglamente la forma de vinculación de contratistas con meritocracia, para garantizar la igualdad de oportunidades para los ciudadanos y que éstos puedan acceder a cargos públicos sin empeñar su dignidad, tranquilidad e independencia a un político", afirmó Buitrago.

En este sentido, el Presidente Nacional de ASOMÉRITOS, el Ing. Ray Plá, aseguró: "en la medida en que demostremos que las funciones desempeñadas por contratistas, pueden ser efectuadas por personal de planta estaremos propendiendo por un mayor número de cargos ofrecidos a Concurso de Méritos modernizando las plantas de empleados estatales, mejorando los índices de eficiencia en el cumplimiento de metas en las Entidades y evitando la explotación laboral a la que en muchas ocasiones se exponen los contratistas".


A partir de esta publicación, la redacción de ASOMÉRITOS se encargará de informar el desarrollo de la Acción Popular. 


Advertimos que este suceso sin precedentes en el ámbito sindical fue registrado por El Espectador con el artículo Buscan freno a contratos de prestación de servicios, en el cual los periodistas Alexánder Marín Correa y Juan Camilo Vega incluyeron la declaración de Alejandro Pedraza, Presidente de la CUT, quien no tiene relación alguna con ASOMÉRITOS ni mucho menos con la Acción Popular incoaba por nuestro Vicepresidente Jorge Buitrago; al contrario, en ASOMÉRITOS consideramos que la CUT, así como otras organizaciones sindicales tradicionales, son responsables que durante años esta situación se haya mantenido sin siquiera ser denunciada ante los estrados judiciales nacionales, ni ante las instancias internacionales y que la problemática se haya agudizado debilitando la Meritocracia y la Carrera Administrativa.